Más allá del llamado a unir esfuerzos para la protección mundial de la biodiversidad, compartimos los principales resultados de la COP16 realizada en Colombia, a finales de octubre.
Aunque no fue posible llegar a aspectos administrativos y de coordinación para medir el impacto de las acciones en la biodiversidad, se lograron acuerdos como:
- Crear un fondo para el recaudo de beneficios derivados de secuencias digitales
- Crear un órgano subsidiario relacionado a comunidades indígenas
- Elegir a Armenia como país anfitrión de la COP17 en 2027
- Tomar acciones complementarias para la conservación de las plantas
- Elaborar un plan de acción para crear capacidades en biología sintética.
En el Marco del Protocolo de Cartagena (MOP11) se lograron acuerdos en
- El reporte del Comité de Cumplimiento
- La orientación voluntaria para la Evaluación de Riesgos de impulsores genéticos que se usan principalmente para el control de mosquitos
- El manual de entrenamiento para la Detección e identificación de OVMs
- El llamado al uso de las guías de Consideraciones Socioeconómicas
- La afiliación de nuevas partes al Protocolo Suplementario de Responsabilidad y Compensación.
¿Qué temas quedaron pendientes?
Existieron al menos dos grandes temas que no fueron adoptados y están pendientes de autorización.
- No fue autorizado el presupuesto de la Secretaría CBD/COP/16/4, Add1, Add.2, tampoco los modelos financieros relacionados a la movilización de recursos hacia un nuevo fondo o el uso del PNUMA (GEF) CBD/COP/16/L.34 (documento en versión inglés), ni los mecanismos financieros del documento CBD/COP/16/L.31 .
- No se avanzó en la definición de los mecanismos de monitoreo para las métricas que deriva de la decisión 15/5[1] el “GBF monitoring framework” documento de decisión CBD/COP/16/L.26) no fue autorizado, ni tampoco los mecanismos para medir la implementación, documento de decisión CBD/COP/16/L.33. Al respecto es importante recordar que el Marco Global de Biodiversidad de Kunming-Montreal (KMGBF), adoptado en la COP15 en la decisión 15/4[2], cuenta con 4 objetivos y 23 nuevas metas para el 2050 disponibles en https://www.cbd.int/gbf. En la COP16 estuvo la discusión del sistema de monitoreo que deriva de la decisión 15/5[3] para establecer métricas para medir el avance de estas metas, y de particular importancia para el sector agrícola entender cómo se valoraría la meta 7, cuyo indicador 7.2 está todavía sujeto a discusión. Tampoco se autorizó el Plan de Trabajo CBD/COP/16/L.23
La meta 7 busca reducir los riesgos de contaminación, incluido el riesgo de plaguicidas, a niveles que no dañen la biodiversidad. Las discusiones de la COP16 sobre el Indicador Principal 7.2, centrado en la reducción de riesgos de plaguicidas, subrayan la importancia de monitorear el impacto de la protección de cultivos mediante indicadores científicamente sólidos.
El uso de indicadores, como la Concentración Ambiental de Plaguicidas (PEC, por su sigla en inglés) que fue acordada como indicador principal en la COP15, puede proporcionar datos vitales para el diseño de estrategias informadas y adaptativas que protejan tanto el rendimiento de los cultivos como los ecosistemas. Infortunadamente, no se logró avanzar con este indicador por la introducción este año de una nueva propuesta para facilitar la elaboración de reportes de avance bajo otro indicador, no para realmente disminuir el riesgo a la biodiversidad derivado de la protección de cultivos. El nuevo indicador propuesto, llamado Toxicidad Aplicada Total Agregada, no ha sido validado científicamente y amenaza la seguridad alimentaria al basarse en la reducción de uso, no de riesgo de plaguicidas. Los países principales productores de alimentos globalmente reconocieron esto y se opusieron a la eliminación del indicador PEC dentro de la Meta 7.
Los ACUERDOS
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Creación del Fondo de Cali
como mecanismo para el recaudo de recursos económicos provenientes del uso de información de secuencias genéticas digitales (DSI) y su distribución justa y equitativa, documento de decisión (CBD/COP/16/L.32.Rev.1). Este fondo estaría compuesto, según el Anexo en su párrafo 3, por usuarios del DSI que se benefician de manera directa o indirecta en sus actividades comerciales según su tamaño con un 1% de sus ganancias (Profit) o un 0.1% de sus ingresos (Revenue). Esto es que se cumplan dos de los siguientes tres criterios, activo total: 20 millones de US dólares; ventas: 50 millones de US dólares; y ganancias: 5 millones de USD dólares como promedio en los tres años anteriores, deberán contribuir al fondo mundial con el 1 % de sus ganancias o el 0,1 % de sus ingresos, como porcentaje indicativo.
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Órgano Subsidiario
sobre el artículo 8j y otras disposiciones del Convenio OS8j La creación de este órgano subsidiario a la Convención de Diversidad Biológica de pueblos indígenas y comunidades locales al 2030 en aplicación del Artículo 8j de la Convención de Diversidad Biológica[4]. Actualmente existen dos órganos subsidiarios el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico (OSACTT, en inglés SBSTTA)[5] que brinda recomendaciones científicas, técnicas y análisis del estado de la biodiversidad a las partes; y el Órgano Subsidiario de Implementación (SBI)[6] que provee recomendaciones sobre la implementación del convenio. Se aprobó el programa de trabajo CBD/COP/16/L.5, la creación del órgano subsidiario CBD/COP/16/L.6, y la contribución de los pueblos afrodescendientes CBD/COP/16/L.7
En la negociación fueron muchos más los temas adoptados que corresponden a los documentos “L” disponibles en la CBD[7]. Algunos de los más relevantes se presentan a continuación, a efecto de simplificar el acceso y el resumen de los acuerdos.
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Durante la próxima COP de la Convención de Diversidad Biológica, la alineación de las prácticas agrícolas sostenibles con los marcos de conservación de la biodiversidad será fundamental. Los esfuerzos colaborativos entre sectores, incluyendo al sector privado, respaldados por los mecanismos financieros y las estructuras de monitoreo que sean acordadas, pueden incentivar una agricultura más sostenible que proteja la biodiversidad, respalde a las comunidades rurales y promueva la seguridad alimentaria ante un clima cambiante.
[1] https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-15/cop-15-dec-05-en.pdf[2] https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-15/cop-15-dec-04-en.pdf[3] https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-15/cop-15-dec-05-en.pdf[4] Convenio de Diversidad Biológica, disponible en https://www.cbd.int/doc/legal/cbd-es.pdf Artículo 8j. Conservación in situ. Cada Parte Contratante, en la medida de lo posible y según proceda: j) Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente. [5] https://dev-chm.cbd.int/sbstta?lg=es[6] https://www.cbd.int/sbi[7] https://www.cbd.int/conferences/2024/cop-16/documents