CropLife Latin America

Facebook      Twitter      YouTube      LinkedIn     Instagram     Tik-tok       contactoContacto      Notas de InterésSuscripción


Marzo 2024

 La Evaluación de Riesgos se vuelve obligatoria para los registros de nuevos productos y modificaciones en usos que impliquen un aumento de dosis, inclusión de cultivo, equipo de aplicación o en casos de reanálisis.

El uso de la Evaluación de Riesgos es la forma más moderna y realista de decidir si una sustancia/tecnología es segura tanto para el medio ambiente como para la salud humana. Para CropLife Brasil la previsibilidad de este tipo de evaluación en la Ley genera una mayor certeza jurídica.

  • La nueva Ley establece nuevos plazos para la aprobación de solicitudes de registro, promoviendo una mayor previsibilidad y certeza jurídica. Se espera una mayor rapidez en el análisis de las solicitudes. Algunas de los plazos son:

24 meses: producto nuevo formulado o técnico.
60 días: producto formulado idéntico.
30 días: Registro Especial Temporario (RET).
12 meses: otros productos.

  • Aumenta la penalización de los delitos relacionados con la producción, almacenamiento, transporte, importación, uso o comercialización ilegal.

  • Establece el Sistema Unificado de Información Electrónica, Petición y Evaluación (SISPA) que será coordinado por el Ministerio de Agricultura (MAPA). Esto promueve la rapidez y transparencia en los procedimientos de los procesos de registro.

  • Da una mayor claridad sobre el papel y el poder de la Unión y los Estados. Elimina la etapa posterior de registro estatal, reduciendo el costo y el tiempo para la llegada de nuevos productos al mercado.

  • Cuando se declare un estado de emergencia fitosanitaria por parte del Poder Ejecutivo se suspende el registro de productos, lo que permite una disponibilidad más rápida de herramientas efectivas en el control de plagas de emergencia.

  • El Ministerio de Agricultura (MAPA), la Agencia Brasileña de Regulación Sanitaria (ANVISA) y el Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (IBAMA) siguen siendo responsables de la definición de pautas y análisis relacionados con la eficiencia agronómica, la seguridad sanitaria y la seguridad ambiental respectivamente. El MAPA se convierte en responsable de establecer criterios para las prioridades de análisis, sin perjuicio de las competencias de ANVISA e IBAMA.

La Ley tiene algunos vetos relacionados con la coordinación del Ministerio de Agricultura en reevaluaciones de productos y la suspensión de nuevos registros de plaguicidas en el MAPA con el mismo ingrediente activo que pueda estar en proceso de reevaluación, incluso si este nuevo producto es una mezcla o incluso tiene una nueva tecnología de formulación más segura, prohibiendo a los agricultores tener más alternativas para elegir. La misma regla se aplica a IBAMA en el caso de productos de control ambiental.